SESIÓN PLENARIA EXTRAORDINARIA 11/2007

 

 

 

En la Villa de Melgar de Fernamental, a ocho de octubre de dos mil siete, siendo las catorce horas quince minutos, previa citación cursada al efecto, se reunieron en primera convocatoria, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa, Dª. Montserrat Aparicio Aguayo, asistida de la Secretaria del Ayuntamiento Dª. Mª Ángeles Madrid Arlanzón, los Sres. Concejales: Dª Mª Petra Aparicio Bilbao, Dña. Mª Asunción del Hierro Martínez, D. Claudio Gutiérrez del Olmo, D. Gonzalo Brea Valtierra, D. Roberto Esteban Calzada, D. José Alberto Monedero González y D. José Antonio del Olmo Fernández, existiendo pues el quórum necesario requerido por la normativa aplicable, a fin de celebrar sesión extraordinaria en primera convocatoria y tratar de los asuntos que figura en el Orden del Día previamente cursado tal y como determina el Art. 107 del R.O.F. y R.J. de las Corporaciones Locales.

 

No asiste pero excusa su ausencia el Sr. Concejal D. Justino Zarzosa París.

 

 

 

PRIMERO: APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR: Abierto el acto por la Sra. Alcaldesa, se procedió a consultar sobre el acta de la sesión anterior 10/2007 de cinco de septiembre de 2007, que fue aprobada por unanimidad sin modificaciones.

 

 

 

SEGUNDO: APROBACIÓN GASTO Y PLIEGOS PRESCRIPCIONES ADMINISTRATIVAS QUE DEBEN REGIR LA ADJUDICACIÓN DE LA OBRA POLÍGONO INDUSTRIAL PRIMERA FASE Cº LANTADILLA CRTRA CASTROJERIZ CON SUS SEPARATAS PARA LA OBRA 71/0 Y 51/0: Con los Dictámenes favorables de la Comisión de Obras y de la de Hacienda, y el informe favorable de Secretaría, la Sra. Alcaldesa eleva al Pleno la adopción de la siguiente propuesta de acuerdo:

 PRIMERO: Aprobación del gasto que se derivará del proyecto para la obra Polígono Industrial 1ª Fase Camino Lantadilla- Carretera Castrojeriz con sus separatas para obras 71/0 y 51/0 y que asciende a un total de 326.200 euros (incluyendo las separatas que cuentan con un presupuesto de 29.000 y 100.000 euros respectivamente).

 SEGUNDO: Aprobación de los pliegos que regirán la adjudicación del contrato de obras para la ejecución del referido proyecto a través de procedimiento abierto, forma concurso, tramitación urgente y que se insertan a continuación:

 

 

 

 

 

 

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA OBRA POLÍGONO INDUSTRIAL 1ª FASE CAMINO LANTADILLA - CARRETERA DE CASTROJERIZ, CON SEPARATAS OBRA Nº 71/0 DEL FCL 2007 Y OBRA Nº 51/0 DEL PLAN DE AGUAS

 

 0- CONDICIONES GENERALES: 

 El presente pliego incluye los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones que han de asumir las partes del contrato de obras de referencia, siempre de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante TRLCAP) y normativa reglamentaria, que han de regir la ejecución del contrato, que se adjudicará por procedimiento abierto, tramitado con carácter urgente y a través de concurso.

 I- OBJETO DEL CONTRATO:

 

 

 Es objeto de la presente licitación contratar la ejecución de las obras definidas en el “Proyecto de Polígono Industrial 1ª Fase Zona Camino Lantadilla y Carretera Castrojeriz en Melgar de Fernamental” redactado por el Sr. Arquitecto Municipal D. José Antonio Fernández Fernández y por el Ingeniero Técnico de Obras Públicas, aprobado en la sesión plenaria celebrada por este Ayuntamiento con fecha 5 de septiembre.

El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras (artículos 5 y 120 del TRLCAP).

 

 

 

II- TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE:

Por urgencia, dada la premura de tiempo para su ejecución por financiación subvencionada por otras Administraciones Públicas (art. 71).

 

 

 

III- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN:

Procedimiento Abierto (73.1 y 2 TRLCAP). Forma de adjudicación: Se efectuará por concurso, sobre la base de lo dispuesto en el art. 85 del TRLCAP., al ser necesarios personal y tecnología especializada.

 

 

 

IV- TIPO DE LICITACIÓN:

El presupuesto máximo de licitación que pueden ofertar los interesados asciende a TRESCIENTOS VEINTESEIS MIL DOSCIENTOS EUROS (326.200,00 €), siendo éste el Presupuesto en el que están incluidos los Gastos Generales, el Beneficio Industrial y todas las cuotas y sus eventuales recargos correspondientes a los tributos que puedan devengarse, incluso el Impuesto sobre el Valor Añadido. La oferta económica que presenten los licitadores no podrá ser superior al presupuesto base de licitación.

 

 

 

V- EXISTENCIA DE CRÉDITO:

En el Presupuesto del Ayuntamiento de Melgar de Fernamental vigente, según se indica el Tesorero, existe crédito suficiente en la partida presupuestaria correspondiente para hacer frente al pago del precio del contrato. Es necesario señalar que este contrato se financia con cargo a distintas subvenciones otorgadas por la Excma. Diputación Provincial de Burgos.

 

 

 

VI- CAPACIDAD PARA CONTRATAR:

Podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, estén debidamente clasificadas y no se hallen incursas en ninguna de las causas de prohibición para contratar del artículo 20 del TRLCAP.

 

 

 

VII- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA:

Grupo G) Viales y pistas. Subgrupo 6: obras viales sin cualificación específica Categoría d) o superior (artículos 36, 25 y 26 R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas).

 

 

 

VIII- GARANTÍA PROVISIONAL:

Para optar a la adjudicación del contrato, los licitadores deberán acreditar la consignación previa de la garantía provisional, por importe del 2% del precio de licitación, cantidad que asciende a SEISMIL QUINIENTOS VEINTICUATRO EUROS (6.524 €) por los medios legales establecidos.

 

 

 

IX- EXPOSICIÓN SIMULTÁNEA DEL PLIEGO Y ANUNCIO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:

Conforme al apartado 2º del art. 122 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, la exposición del pliego de cláusulas administrativas particulares y del anuncio para la presentación de proposiciones se realizará en unidad de acto, pudiéndose presentar reclamaciones contra el pliego durante los ocho días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de que se formulen reclamaciones contra el pliego de condiciones, el plazo para presentar proposiciones queda automáticamente suspendido, reanudándose al día siguiente de haberse resuelto estas alegaciones circunstancias ambas que se publicarán en el tablón de edictos del Ayuntamiento, las mismas se resolverán por Alcaldía quien está habilitada para ello desde la aprobación de estos pliegos, por expreso acuerdo del Pleno.

Hasta el día hábil anterior al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones el Pliego de cláusulas se podrá examinar y copiar por los interesados.

 

 

 

X- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:

Las proposiciones se presentarán durante los trece días naturales siguientes al de la publicación del anuncio de licitación en el B.O.P. de Burgos (por tramitarse mediante procedimiento de urgencia), en el Registro del Ayuntamiento, de las 9:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes, si el último día del plazo fuera inhábil se prorrogará automáticamente al siguiente día hábil.

También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos, y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación por fax, télex, o telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio.

La presentación de las proposiciones supone por parte del licitador el conocimiento y la aceptación expresa de este pliego y la declaración responsable de que reúne las condiciones exigidas para contratar.

Las proposiciones se dirigirán a la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Melgar de Fernamental.

Cada licitador sólo podrá presentar una proposición. No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente. La infracción de estas condiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones presentadas por el licitador afectado.

 

 

 

XI- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES: (art. 79 T.R.):

Las proposiciones constarán de dos sobres denominados A y B, cerrados, con indicación en el exterior de la licitación, del licitador y firmados por el concursante o persona que le represente, haciendo constar en el interior ordenado numéricamente en hoja aparte en los sobres A y B, su respectivo contenido.

Sobre A: Denominado DOCUMENTOS GENERALES PARA EL CONCURSO DE LA OBRA: POLÍGONO INDUSTRIAL 1ª FASE Cº LANTADILLA CRTRA. CASTROJERIZ, e incluirá la siguiente documentación:

a) Fotocopia autenticada de la personalidad del licitador: DNI y CIF, personas físicas o empresarios individuales, y escritura de constitución y de su inscripción en el Registro Mercantil para personas jurídicas.

b) Escritura de poder bastante y legalizada (original, copia notarial o compulsada ante la Administración en la que se deposite) si se actúa en representación de otra persona o entidad.

c) Resguardo de haber constituido garantía provisional.

d) Declaración responsable –conforme a modelo que aparece en el Anexo 1 de este Pliego- de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 20 del TRLCAP que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el art. 21.5 del mismo texto legal (sin perjuicio de justificarse posteriormente, art. 79.2-b) TRLACAP). (El presente pliego incluye modelo).

e) Certificación acreditativa de poseer la clasificación exigida.

f) En el caso de uniones de empresas y empresas extranjeras, la documentación exigible en el artículo 24 del TRLCAP.

Sobre B: Denominado PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA DEL CONCURSO DE LA OBRA POLÍGONO INDUSTRIAL 1ª FASE Cº LANTADILLA-CRTRA. CASTROJERIZ –conforme a modelo que aparece en Anexo 2 de este Pliego- y contendrá los que se aleguen, conforme a la cláusula siguiente de este Pliego así como la correspondiente proposición económica.

 

 

 

XII- CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN:

La adjudicación se efectuará a la proposición más ventajosa sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, y sin perjuicio del derecho a declarar desierto el concurso, en cuyo caso no procederá derecho a indemnización alguna a favor de los licitadores.

Los criterios que han de servir de base para la adjudicación, son los siguientes, relacionados por orden decreciente de importancia, que se atribuye a los méritos o mejoras alegados (máximo):

1. Mejoras introducidas en el plazo de ejecución de la obra: 20 puntos.

2. Mejoras introducidas en la ampliación del plazo de garantía de la obra: quince puntos al que mayor plazo de garantía ofrezca por encima de los doce meses obligatorios, que no se puntúan. Sólo se puntuarán meses completos: 15 puntos.

3. Mejoras introducidas en la calidad de las unidades de obra contempladas en el proyecto: 10 puntos.

4. Mejoras introducidas en el presupuesto de contrata: siete puntos según la siguiente fórmula:

Se puntuará cada precio ofertado conforme a la siguiente fórmula:

 POf = PM x [ (T-Of) / (T – Ofmb)]

POf es la puntuación correspondiente a la oferta que se está valorando.

PM es la puntuación máxima del criterio económico: 7.

T es el tipo de licitación.

Of es la oferta económica que se está valorando.

Ofmb es la oferta económica más barata de las presentadas

 

 

 

XIII.- BAJAS DESPROPORCIONADAS O TEMERARIAS

  Se comprobará si existe desproporción o temeridad en alguna o algunas de las ofertas económicas presentadas y admitidas. Podrán considerarse como desproporcionadas o temerarias a aquellas proposiciones económicas cuyo porcentaje exceda en 10 unidades, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas.

  En el supuesto de que este hecho se produzca se notificará a los interesados para que los licitadores incursos en presunta temeridad justifiquen documentalmente la baja económica de la proposición presentada y aseguren su normal cumplimiento. Esta documentación se deberá recibir, como máximo, en plazo de 3 días naturales advirtiéndoles que la falta o insuficiente justificación de la baja temeraria dará lugar a la incautación de la garantía provisional previa declaración de temeridad por el órgano de contratación.

 La información aportada por el licitador presuntamente incurso en temeridad se remitirá a informe del servicio técnico correspondiente a efectos de que asesore lo que considere oportuno respecto a la posibilidad de cumplir normalmente la oferta presentada. A los mismos efectos se remitirá oferta presentada en el caso de que no se aporte documentación.

 Si la adjudicación se realiza a favor de un empresario cuya proposición hubiese estado incursa inicialmente en temeridad, se exigirá al mismo una garantía definitiva del 20% del importe de adjudicación.

 La falta de justificación, por parte del licitador, de la oferta económica presentada y considerada como presuntamente temeraria, la insuficiente justificación de la misma a juicio de los servicios técnicos, e incluso la alegación, por parte del licitador, de no poder hacer frente a la imposición de garantía definitiva del 20% del importe de adjudicación, dará lugar a la incautación de la garantía provisional, previa declaración de temeridad por el órgano de contratación.

El órgano de contratación se reserva pues la facultad no sólo de declarar desierto el concurso sino también de no adjudicar el contrato a licitadores que incurran en baja temeraria.

 

XIV- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:

Las obras deberán ejecutarse (debiendo estar finalizadas y certificadas) en el plazo de seis meses desde la firma del acta de comprobación del replanteo.

 

 

 

XV- RECEPCIÓN, LIQUIDACIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA:

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado a satisfacción de la Administración, de acuerdo con los términos de los Pliegos y del propio contrato, la totalidad de su objetivo. Su constatación se llevará a cabo mediante acto formal y positivo de recepción dentro del mes siguiente de haberse producido la terminación de las obras.

Recibidas las obras se procederá seguidamente a su medición general con asistencia del contratista, formulándose por el director de la obra, en el plazo de un mes desde la recepción, la medición de las realmente ejecutadas de acuerdo con el proyecto. A tal efecto, en el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de dicha medición, quedando notificado el contratista para dicho acto.

Sobre la base del resultado de la medición general y dentro del plazo de un mes desde la recepción de las obras el director de la obra redactará la correspondiente relación valorada. Dentro de los diez días siguientes al término del plazo anterior el director de la obra expedirá y tramitará la correspondiente certificación final.

Dentro del plazo de dos meses, contados a partir de la recepción de la obra, el órgano de contratación aprobará la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada, en su caso, al contratista dentro del plazo de dos meses a partir de su expedición a cuenta de la liquidación del contrato.

Se establece un plazo de garantía de un año a contar de la fecha de la recepción (acta de recepción provisional), transcurrido el cual sin objeciones por parte de la Administración quedará extinguida la responsabilidad del contratista.

Dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra redactará un informe sobre el estado de las obras. Si éste fuera favorable, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo lo dispuesto en el artículo 148 TRLCAP relativo a vicios ocultos, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del contrato y, en su caso, al pago de las obligaciones pendientes. En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido, durante el plazo de garantía, el director facultativo procederá a dictar las oportunas instrucciones al contratista para la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para ello durante el cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por la ampliación del plazo de garantía.

 

 

 

XVI- APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN:

A la Mesa de Contratación Municipal se incorporarán el Arquitecto redactor del Proyecto, con voz pero sin voto a quien, además, se solicitará informe acerca de las mejoras que se proponen al proyecto de acondicionamiento del patio de la casa de los Palazuelos si así lo estimaran oportuno.

Tal y como se aprobó en la sesión constitutiva del Ayuntamiento de Melgar de Fernamental en sesión 8/2007 celebrada el veintidós de junio de dos mil siete, previamente a la convocatoria de la Mesa de Contratación los servicios técnicos del Ayuntamiento procederán a calificar la documentación administrativa para dar el visto bueno a la misma o proceder a requerir su subsanación o proponer la no admisión por defecto insubsanable.

Posteriormente se convocará la constitución de la Mesa de contratación, para el tercer día natural siguiente al último señalado como último para presentar proposiciones a las doce horas, todo ello a los efectos de determinar los licitadores excluidos y las causas de exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que serán recogidas en el Acta. Acto seguido la Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del Sobre “B” y dará lectura al mismo, y los elevará con el Acta y la Propuesta de la Mesa que ésta estime pertinente, evacuados los informes técnicos correspondientes, en su caso, al Pleno del Ayuntamiento, para su adjudicación que dictará resolución adjudicando el contrato a la proposición más ventajosa o declarando desierto el concurso y declarando temerarias aquellas ofertas que así estime oportuno y que por ende no deben formar parte de la licitación, en un plazo no superior a quince días naturales desde la apertura (art. 88 y 89 T.R.).

 

 

 

XVII- GARANTÍA DEFINITIVA:

La garantía definitiva será el 4% del importe de adjudicación en cualquiera de las formas previstas en la legislación vigente, que se constituirá dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación y con anterioridad a la firma del contrato.

 

 

 

XVIII- DOCUMENTACIÓN DE FORMALIZACIÓN:

De conformidad con lo dispuesto en el art. 54 del TRLCAP., el adjudicatario queda obligado a suscribir dentro del plazo de quince días naturales, excepto causa de fuerza mayor, contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, el correspondiente contrato.

Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar ante el Ayuntamiento:

a) Garantía definitiva.

b) Póliza del seguro de responsabilidad civil.

c) Programa de trabajo que será aprobado por la dirección técnica, que se actualizará cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, siguiendo las instrucciones que a estos efectos reciba.

d) Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con hacienda y la seguridad social si no lo hubiera hecho en el momento en el que se presentó a la licitación. En lo que respecta a la declaración de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, el adjudicatario puede optar por presentar tal certificado o firmar una autorización para que el Ayuntamiento recabe dicha información a través del Convenio que existe al efecto con la Agencia Tributaria consecuencia de la publicación en el BOE de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de Reformas para el Impulso a la productividad.

Previa a la ejecución del contrato y en un plazo no superior a quince días naturales desde la fecha de su formalización se extenderá acta firmada por ambas partes de comprobación del replanteo.

 

 

 

XIX- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

a) Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego y al proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación de éste diere al contratista el Director facultativo de las obras.

b) El contratista está obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato así como de sus plazos parciales, en caso de que se hubieran establecido. Si llegado el término de cualquiera de dichos plazos, parciales o final, el contratista hubiere incurrido en mora por causas imputables al mismo, sin solicitar la prórroga prevista en el contrato o agotada también la misma, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, en la forma y condiciones previstas en el art. 95 del TRLCAP, por la resolución del contrato con pérdida de garantía, o por la imposición de penalidades establecidas en el art. 95.3 del T.R. citado. El importe de las penalidades y su pago no excluye la indemnización de daños y perjuicios que pueda exigirse al contratista conforme a la legislación vigente.

Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el art. 96.2 T.R.

En todo caso la constitución en mora del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte del Excmo. Ayuntamiento de Melgar de Fernamental.

c) El contratista será responsable de la calidad de las obras y suministro prestados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

d) La empresa adjudicataria deberá utilizar materiales homologados con disposición de certificados o sellos de calidad reconocidos.

e) El contratista queda obligado a aportar a las obras el equipo, maquinaria y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución de aquéllas.

f) El contratista estará obligado a gestionar el otorgamiento de cuantas licencias y autorizaciones se requieran siendo de su cargo las liquidaciones que se practiquen. Igualmente serán de su cuenta todos los gastos derivados de anuncios en boletines oficiales, formalización de contrato, honorarios técnicos, comprobación, materiales, instalaciones, enganches a redes y servicios, mano de obra, Seguridad Social, seguros y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, así como los tributos de cualquier índole que graven la ejecución de la obra.

Serán de cuenta del contratista los gastos de los suministros que utilice, con sus correspondientes altas, en su caso, así como la obtención, control, ensayos y análisis de los materiales empleados en la obra, legalmente exigibles o por el director facultativo.

La liquidación de los gastos derivados de la licitación se practicará con cargo a los pagos a abonar al contratista.

 

 

 

XX- SUBCONTRATACIÓN:

Se permite al adjudicatario concertar con terceros la ejecución parcial del contrato hasta un máximo del 50 por 100 del importe de adjudicación.

Para que la subcontratación tenga efectos frente al Ayuntamiento de Melgar de Fernamental deberá cumplir los requisitos señalados en los artículos 115.2 y 116 del TRLCAP.

 

 

 

XXI- MODIFICACIONES DEL CONTRATO:

Las modificaciones al contrato se regirán por lo establecido en el art. 146 del T.R. y por las disposiciones del Reglamento General de Contratación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

XXII-DIRECCIÓN DE LAS OBRAS:

El Ayuntamiento, a través de la Dirección Técnica de las obras efectuará la inspección, comprobación y vigilancia de las mismas. Las instrucciones que dé al contratista en interpretación del Proyecto y que serán de obligado cumplimiento se recogerán en el Libro de Órdenes.

 

 

 

XXIII- RÉGIMEN JURÍDICO:

La naturaleza jurídica del contrato es administrativa y ambas partes quedan sometidas expresamente para cuanto no esté previsto en el presente pliego al T.R. así como a las restante normas de Derecho Administrativo y en su defecto por las normas de Derecho Privado. El Ayuntamiento de Melgar de Fernamental gozará de las prerrogativas recogidas en el art. 59 del T.R.

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución a efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los requisitos establecidos en Ley reguladora de esta Jurisdicción.

 

 

 

XXIV- REVISIÓN DE PRECIOS:

Al presente contrato, debido a su breve plazo de ejecución, no se le aplicará la revisión de precios.

 

 

 

XXV- RIESGO Y VENTURA:

El contrato se entenderá convenido a riesgo y ventura del contratista.

 

 

 

XXVI- SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS:

Si la Administración acordara la suspensión de las obras se deberá levantar la correspondiente acta de suspensión, con las formalidades prevista en la normativa aplicable.

 

 

 

XXVII- INCUMPLIMIENTO DE PLAZOS:

El contratista está obligado a cumplir los plazos fijados para la ejecución de las obras. De no ser así se actuará conforme a alguna de las posibilidades que establece el art. 95 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el TRLCAP 

 

 

Si los técnicos municipales observasen deficiencias en los materiales empleados lo comunicarán por escrito al Ayuntamiento y al contratista, que una vez oído procederá a reponer los elementos afectados, sin perjuicio de la sanción económica, que puede alcanzar hasta el 40% del valor de los materiales sustituidos.

 

 

 

XXVIII- MEJORAS:

Caso de proponerse alguna mejora por la dirección o por las entidades subvencionantes y acordada por la Corporación, se hará cargo de ella el adjudicatario sobre los precios unitarios que figuren en el proyecto, y que se harán constar en la propuesta de dirección.

Se incorporarán al contrato las mejoras que el adjudicatario presente con su proporción para que sean ejecutadas por el mismo sin que supongan incremento del precio de adjudicación.

 

 

 

XXIX- LEGISLACIÓN LABORAL E INDUSTRIAL:

El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad e higiene en el trabajo y fiscal, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.

 

 

 

XXX- CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA:

La devolución y cancelación de la garantía definitiva se producirá en los términos previstos en el art. 47 del TRLCAP en relación con su art. 147 y las cláusulas de este Pliego.

 

 

 

XXXI- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:

El contrato se resolverá por las causas previstas en el propio Pliego y las recogidas en el TRLCAP, con las consecuencias y efectos previstos en la misma.

 ANEXO 1

MODELO DECLARACIÓN DE CAPACIDAD

 

 

 

 D. _____________________, con NIF núm. ________- en nombre propio o en representación de la firma_______________________, con domicilio a efecto de notificaciones en _________, C/ ________________ C.P. ________y CIF núm._________, DECLARO RESPONSABLEMENTE que la empresa __________________ no se halla incurso/a en prohibición para contratar, conforme al artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, encontrándose al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de comprometerse a presentar los correspondientes Certificados actualizados, en el caso de resultar propuesta para la adjudicación del contrato.

 

 

 

 En ____________________ a ____________________de 2007.

 

 

 

 Fdo: _________________--

 

 

 

ANEXO 2

MODELO DOCUMENTACIÓN SOBRE B:

II.1.- Proposición económica:

D. ___________________________________________, con domicilio en ____________________, Provincia de _________, c/ ______________, n.º ____, en nombre (propio o de la empresa que representa) ____________________, con CIF/NIF en _____________________, y domicilio fiscal en ____________________, c/ _____________________, enterado del anuncio publicado en el BOP de Burgos, del día 10 de OCTUBRE de 2007, y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de obras para Polígono Industrial 1ª Fase Camino Lantadilla-Carretera Castrojeriz (incluidas las separatas de las obras 71/0 y 51/0), se compromete en nombre (propio o en representación de…)_________________________ a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de __________________ EUROS (__________ €) (expresar primero la cantidad en letra y después en números, en caso de discrepancias entre ambas primará la cantidad expresada en letras). 

 

 

El licitador hace constar que la oferta presentada comprende no solo el precio de la contrata como tal, sino también el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, de acuerdo con su normativa reguladora.

<!--[if !supportLists]-->- <!--[endif]-->II.2.- Mejoras que se introducen al pliego:

 1. Mejoras introducidas en el plazo de ejecución de las obras según el contemplado en el proyecto: Ejecutaré la obra en _________ meses.

2. Mejoras introducidas en el plazo de garantía de la obra por encima de los doce meses que ya son obligatorios: Se añaden __________ meses más de garantía de la obra, sobre los doce que resultan obligatorios.

3. Mejoras introducidas en la calidad de las unidades de obra contempladas en el proyecto: __________________________________

En ____________________, a ____ de __________________ de 2007.

 

 

 

(Fecha y firma del proponente)

 

 

 

 _____________________________________________

 

 

 

 Los Sres. Concejales aprueban la propuesta de acuerdo en sus propios términos por unanimidad

 

 

 

 TERCERO: TOMA EN CONSIDERACIÓN DOCUMENTO TÉCNICO REFORMA PLAZA ESPAÑA: Visto que el Sr. Arquitecto Municipal ha procedido a redactar la Memoria Valorada para la Reforma de la Plaza de España y a la luz del informe de Secretaría, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Toma en consideración del documento técnico de reforma de Plaza España.

SEGUNDO: Exposición al público por período de 15 días naturales del mismo, mediante publicación de anuncio en el BOP de Burgos e inserción de dicho anuncio en el tablón de edictos municipal, a los efectos de que los interesados puedan presentar alegaciones o sugerencias que puedan ser tenidas en cuenta en la redacción definitiva del proyecto.

El Sr. Concejal D. José Antonio del Olmo pregunta si finalmente se eliminarán los árboles de la Plaza, la Sra. Alcaldesa le responde que a la vista de las sugerencias que algunos ciudadanos ya han hecho llegar al Ayuntamiento se ha procedido a introducir modificaciones sobre el documento expuesto al público en agosto del presente ejercicio y algunas de ellas van encaminadas justamente a la no eliminación de los árboles. La Sra. Alcaldesa añade que debiendo dar cumplimiento a la legislación sobre eliminación de barreras arquitectónicas se prevé el diseño de la plaza a un único nivel lo que, sin lugar a dudas repercutirá directamente sobre los actuales árboles, explica que obviamente la fila de árboles ubicados en primera línea frente a la fachada del Ayuntamiento no subsistirán pero que no obstante se hará todo lo posible para su sustitución por otros o para obtener una ubicación que garantice zona verde en la Plaza dentro de las posibilidades que resulten viables.

El Sr. Concejal D. José Antonio del Olmo afirma que efectivamente considera muy necesario arreglar la Plaza pero que no obstante considera que el diseño responde a las demandas estéticas del momento. La Sra. Alcaldesa le responde que no se trata de eso, que se pretende adecuar la Plaza a las necesidades de la legislación vigente, al imprescindible fomento del entorno comercial que ubica la plaza y que el tema de los árboles es más conflictivo de lo que pudiere parecer a simple vista para lo cual señala gráficamente los problemas que los árboles están originando en tuberías, aceras e incluso fachadas de las viviendas de la Avda. Virgen de Zorita por su crecimiento y el de sus raíces.

Finalmente los Sres. Concejales aprueban por mayoría absoluta la propuesta de acuerdo en sus propios términos con la abstención de D. José Antonio del Olmo Fernández.

 

 

 

CUARTO: DESIGNACIÓN REPRESENTANTE PARA ELECCIÓN EN ASAMBLEA DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE BURGOS: Atendiendo al requerimiento efectuado por el Consorcio Provincial de Tratamiento de Residuos Sólidos de Burgos es necesario que desde el Ayuntamiento se designe un representante para participar en la elección de representante en Asamblea en representación de los Municipios donde exista planta de tratamiento, transferencia o vertedero controlado, por todo lo cual se propone al Pleno que se designe como representante a:

 Mª Montserrat Aparicio Aguayo.

 

 

 

Los Sres. Concejales aprueban por unanimidad la propuesta de acuerdo en sus propios términos.

 

 

 

QUINTO: APROBACIÓN DEFINITIVA CUENTA GENERAL EJERCICIO ECONÓMICO 2006: Visto el expediente de aprobación de la Cuenta General de 2006, y considerando que, Primero: Esta Cuenta General, preparada por la Intervención y rendida por la Presidencia, está integrada por los documentos a que se refiere el artículo 209 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Segundo: Cuenta con el Informe favorable de la Intervención y ha sido examinada y dictaminada por la Comisión Especial de Cuenta en sesión celebrada el 11 de julio de 2007.

Tercero: Sometida a información publica por espacio de quince días hábiles y ocho más, mediante publicación del anuncio de Dictamen por la Comisión Especial de Cuentas en el BOP de Burgos número 160 de 22 de agosto de 2007 e inserción de dicho acuerdo en el tablón de Edictos Municipal, no se han formulado reclamaciones tal como se desprende del Registro Municipal de Entrada.

La Sra. Alcaldesa eleva al Pleno de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 212.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la adopción del siguiente acuerdo:

Primero: Aprobar la Cuenta General del AYUNTAMIENTO DE MELGAR DE FERNAMENTAL del ejercicio 2006.

Segundo: Conforme al artículo 212.5 del citado Real Decreto 2/2004, trasladar la Cuenta General aprobada al Tribunal de Cuentas y al Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 

 

 

Los Sres. Concejales aprueban la propuesta de acuerdo en sus propios términos por unanimidad.

 

 

 

SEXTO: DACIÓN DE CUENTAS: Por parte de Alcaldía se da cuenta de la sesión 11/2007 de la Junta de Gobierno Local así como de los Decretos 47 a 49 (adjudicación de contrato de consultoría y asistencia el número 47 y reconocimiento de obligaciones y ordenación de pagos los demás).

 

 

 

SÉPTIMO: DETERMINACIÓN DE FIESTAS LOCALES: Visto el calendario de fiestas laborales para el año 2008 y a la luz de lo dictaminado en la Comisión de Hacienda celebrada el miércoles 3 de octubre de 2007, toda vez que se ha recibido requerimiento de la Oficina Territorial de Trabajo de la D.T. de la Junta de Castilla y León en Burgos para determinar las fiestas locales que habrán de regir durante 2008,  los Sres. Concejales aprueban por mayoría absoluta, con la abstención de D. José Antonio del Olmo Fernández que hubiera preferido incluir el 8 de septiembre en lugar del día de San José, que las fiestas locales en Melgar de Fernamental en 2008 sean:  

<!--[if !supportLists]-->- <!--[endif]-->19 de marzo (miércoles) y 25 de julio (viernes).

 

 

 

Y no habiendo más asuntos a tratar en el Orden del día, La Sra. Alcaldesa levanta la Sesión en el lugar reseñado en el encabezado de la presente, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos, recogiéndose de lo allí tratado el presente acta de que certifico con el Visto Bueno de la Alcaldesa, en Melgar de Fernamental a ocho de octubre de 2007.

 Vº. B.

La Alcaldesa,  La Secretaria, 

12/02/2016